Grupo Alonso Accidente Mortal 2014 (3)
Trabajadores de la empresa se concentraban en 2014 por el fallecimiento de Miguel

SUCESOS

18 meses de cárcel para el director de la factoria SAMA de Grupo Alonso por la muerte del escolta Miguel

18 meses de cárcel para el director de la factoria SAMA de Grupo Alonso por la muerte del escolta Miguel

El Juzgado de lo Penal nº 3 de Algeciras emitió sentencia el pasado 13 de junio en la que condena por homicidio imprudente al director, al encargado de la obra y a la coordinadora de Prevención de Riesgos Laborales

El Juzgado de lo Penal núm. 3 de Algeciras ha dictado sentencia con fecha 13 de junio de 2.018, condenando a M.A.G.B. director de la Factoría de SAMA (Grupo Alonso) de Algeciras junto con la coordinadora de Prevención de Riesgos Laborales. También condena a un año de cárcel al que fuera encargado de la obra.

Los dos primeros son condenados como autores de un delito de homicidio imprudente y otro delito contra la seguridad de los trabajadores mientras que el encargado es condenado sólo por el delito de homicidio por imprudencia.

La sentencia que ha sido declarada firme fundamenta la condena de los responsables en que la empresa SAMA (Servicio Auxiliares Marítimos de Algeciras) suscribió un contrato con la mercantil Nivelaciones El Jardín, s.l. a la que encomendó que asumiera como empresa contratista la ejecución de las obras de urbanización y construcción de las nuevas instalaciones.

En 2014, se iniciaban las obras de la denominada Fase VI del Proyecto, consistente en una nave industrial que iba a ser empleada como taller de maquinaria, desarrollándose la ejecución de dicha fase en unas condiciones “absolutamente peligrosas para la integridad física de los trabajadores encargados de llevarla a cabo.”

Nivelaciones El Jardín, SL, empresa contratada por SAMA para la ejecución de la obra, no realizaba los trabajos, que eran ejecutados por trabajadores de SAMA, no cualificados para esas tareas encomendadas a la contratista. De hecho, según consta en la sentencia, “los trabajadores que SAMA empleaba en la construcción de dicha nave no eran obreros cualificados, puesto que se trataba de peones y soldadores contratados para la realización de las actividades logísticas y de almacenamiento de dicha empresa y que carecían de formación para llevar a cabo labores de construcción, sobre todo para realizar trabajos en altura.

Además, SAMA, sigue la sentencia, no realizó su propio plan de seguridad y salud, sin que el existente pudiera servir para sus trabajadores. Tampoco se cumplieron las disposiciones que establecía el plan de seguridad y salud elaborado por Nivelaciones El Jardín, S.A. en lo relativo a trabajos en altura, ya que éstos se desarrollaban por los trabajadores de SAMA “bajo una escandalosa ausencia de medidas de seguridad”, puestos que los operarios debían realizar trabajos sobre el techo de la nave que se estaba construyendo, techo situado a 13 metros de altura, sin disponer para ello de redes de seguridad ni de líneas de vida a las que amarrarse.

La sentencia culpa al director de la factoría, M.A.G.B. de todas las deficiencias en la seguridad de la obra “e incumplió todas las obligaciones que en materia de seguridad le eran exigibles como empresario contratista.” También lo acusa de no facilitar a los trabajadores los equipos de protección colectiva que aparecían previstos en el Plan de Seguridad elaborado por Nivelaciones El Jardín, S.L.

Por su parte, culpa la sentencia a la coordinadora M.G.D. de no garantizar el cumplimiento de las medidas preventivas previstas en el plan de seguridad y salud de la obra, permitiendo que los trabajos se continuaran desarrollando en las condiciones descritas, pese a que tenía facultades para paralizar la obra.

Sigue la sentencia describiendo como dentro del plan de ejecución de la Fase XI de la obra y desarrollándose la misma en tales condiciones de falta de seguridad, la tarde del día 20 de octubre de 2.014, el encargado de la obra M.D.S., ordeno a tres trabajadores de SAMA subir al techo de la nave industrial en construcción, con el fin de que procedieran a colocar las planchas metálicas de la cubierta. Entre estos trabajadores se encontraba el malogrado Miguel Ángel Guerrero.

Los tres trabajadores subieron los 13 metros de altura en una carretilla elevadora y procedieron a instalar las planchas que conformarían el techo de la citada nave, para lo cual se colocaban sobre las que ya habían instalado y procedían a instalar nuevas planchas sobre los huecos existentes, labor que llevaban a cabo sin contar con medidas de protección colectiva para prevenir el riesgo de caída, ya que no se habían instalado redes de seguridad, ni líneas de vida a la que enganchar los arneses de seguridad de los que sí disponían.

Ello motivó que sobre las 19 horas de ese día, al quebrarse una de las planchas, Miguel Ángel Guerrero, que estaba situado sobre la misma, cayera desde el techo de la nave, impactando contra el suelo, lo que le provocó múltiples fracturas por todo el cuerpo que determinaron su fallecimiento.

18 meses de cárcel para el director de la factoria SAMA de Grupo Alonso por la muerte del escolta Miguel