Extracto del Auto judicial
Extracto del Auto judicial

DURO ATAQUE DEL MAGISTRADO - JUEZ A LA AUTORIDAD PORTUARIA

El Juzgado tilda de “muy poco ejemplar” el comportamiento de la APBA en el caso de las mejilloneras

El Juzgado tilda de “muy poco ejemplar” el comportamiento de la APBA en el caso de las mejilloneras

Acusa a la Autoridad Portuaria presidida por Manuel Morón de esgrimir causas “injustificadas”, y de no activar el Plan Interior del Puerto recogido en el Plan de Contingencias obligatorio para la concesión administrativa

El Auto 395/18 emitido por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 2 de Algeciras, en relación a la denuncia del Ayuntamiento de Algeciras contra varias administraciones para la retirada de las bateas de mejillones varadas en la playa de Getares, ha dejado en muy mal lugar al Puerto de Algeciras.

Una vez mas ha quedado patente la falta de empatía del gigante portuario con la ciudad que lo alberga, y con los ciudadanos que sufren día a día las consecuencias del intenso trasiego que genera el que es el principal motor económico de la ciudad.

El Auto firmado por el Magistrado – Juez del citado juzgado, Francisco Ledesma Guerrero, ha afirmado que el comportamiento del Puerto en este asunto “no es muy ejemplar”, y lo acusa de actuar de manera “injustificada”, al negarse a retirar los restos de las bateas con el argumento de que las bateas arrastradas por los temporales, “no están en su ámbito territorial competencial”. El magistrado ha sido mas explícito: “Dicho en otras palabras: los residuos y porquerías están fuera de casa y por tanto el problema es de otros. No es muy ejemplar”.

Ledesma Guerrero ha ido mas allá y lamentado que la APBA se haya negado a retirar las bateas, “a pesar de la acreditada suma económica que cobra anualmente (el Puerto) a la citada mercantil (Mejilloneras de Andalucía, SL)”.

El Puerto, según explica el Auto judicial, exigió a la empresa un Plan de Contingencias que recogiera cualquier incidencia y el modo de resolverlo. En ese Pla de Contingencia, el Puerto de Algeciras aceptó como “riesgo bajo (B)”, la posibilidad de rotura en caso de reinar condiciones meteorológicas adversas.

En el caso de rotura, el Plan de Contingencias señalaba en su página 11, que se activaría el “nivel de respuesta rojo”, contemplando la actuación de los equipos propios de la empresa, y la necesidad de activar recursos ajenos al Plan mencionado, como podría ser el Plan Interior del Puerto de Algeciras u otro superior.

El magistrado reprocha que, “Tampoco aquí la APBA ha reaccionado, ni activado nada de nada”.

Finalmente, el Juzgado entiende que “no es razonable atribuir al Excmo. Ayuntamiento de Algeciras la responsabilidad en un caso como este”, pero que al tener el consistorio las competencias de mantenimiento y limpieza de las playas “de manera ordinaria y usual”, y por tanto las sancionadoras, y en base al principio recogido en Ley de “quien contamina, paga”, debe ser este quién asuma la potestad sancionadora y la ejecución subsidiaria de la retirada de los restos, con cargo a la empresa Mejilloneras de Andalucía, SL, obligando a la APBA a disponer de todos los medios materiales y humanos para la retirada de los restos.

Puntualiza el Magistrado que esta obligatoriedad de la APBA se basa en lo recogido en el Plan de Contingencias, y en que fue ella quien realizó la concesión administrativa cobrando anualmente “una acreditada suma económica”.

El Juzgado tilda de “muy poco ejemplar” el comportamiento de la APBA en el caso de las mejilloneras