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La justicia europea dinamita el blindaje de los estibadores portuarios

La justicia europea dinamita el blindaje de los estibadores portuarios
BRUSELAS. - Una sentencia europea va a dar la vuelta del calcetín en los principales puertos de España. A partir de ahora, las empresas podrán contratar estibadores sin tener que hacerlo a través de una Sociedad Anónima de Gestión de Estibadores (SAGEP) que existe en cada uno de los principales puertos y de la que deben ser accionistas previamente. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha dado la razón a la Comisión Europea y ha condenado a España por restringir la libertad de establecimiento al obligar a las navieras y las compañías estibadoras que operan en España a ser socias de estas compañías, que tienen elmonopolio para la contratación de los trabajadores en las cargas y descargas de buques, y desde donde se regula los salarios y las jornadas laborales. La sentencia afecta a los servicios de manipulación de mercancías de los 46 puertos principales de España, como como Valencia, Bahía de Algeciras, Barcelona, Vigo, Gijón o Bilbao. Estos servicios abarcan los trabajos de carga, estiba, descarga, desestiba, tránsito marítimo y el trasbordo de mercancías, para los que las empresas están obligadas a inscribirse en la SAGEP del puerto en cuestión ya que, de otra forma, no obtienen la licencia que otorga la Autoridad Portuaria para así operar en los muelles. El alto tribunal europeo falla que España "ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud del artículo 49 TFUE, que consagra la libertad de establecimiento" y otorga la razón a la Comisión Europea que llevó este caso ante el TJUE en 2013 ante la negativa del Gobierno a adaptar la legislación conforme a la libertad de establecimiento. El TJUE razona que las restricciones que impone la Ley de Puertos para contratar a estos trabajadores "pueden impedir" a las empresas de otros Estados Miembros "establecerse en los puertos españoles de interés general para desarrollar en ellos una actividad de manipulación de mercancías".

Coordinadora: "Una agresión inaceptable"

A traves de un comunicado emitido esta misma tarde por el sindicato Coordinadora, hablan de "agresión inaceptable", y establecen los siguientes puntos: 1. La Sentencia constituye una agresión inaceptable contra la estabilidad en el empleo de los estibadores portuarios españoles, al pretender convertir los contratos indefinidos con el conjunto de las empresas agrupadas en las SAGEP de cada puerto en desempleados gestionados por Empresas de Trabajo Temporal. Esa misma pretensión dio origen a un periodo de enorme incertidumbre empresarial y conflictividad laboral, que desestabilizó durante años el sistema portuario español. 2. Procederemos a convocar a nuestra organización internacional IDC para dar una respuesta en el ámbito europeo a la actuación de la Comisión, que, a través del mismo método, pretende modificar el régimen de la estiba en Bélgica y Alemania. 3. Solicitaremos la apertura de una mesa de análisis con el Ministerio de Fomento y con la patronal Anesco, a fin de confirmar la disposición para buscar fórmulas que estabilicen el sistema portuario, con garantía de estabilidad en el empleo. 4. Alertamos a nuestros afiliados y afiliadas, para adoptar las medidas de conflicto colectivo que se convoquen en defensa de los empleos y de las condiciones de trabajo del sector. 5. Convocamos reunión de zonas ampliada el día 17 de diciembre en Madrid para tomar las decisiones oportunas.    

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