Opinión

Derechos de los menores migrantes

Derechos de los menores migrantes

En los últimos siete días, han llegado hasta las Islas Canarias hasta 4.000 inmigrantes de forma irregular. Esta cifra supone prácticamente un tercio de los que llegaron a lo largo de todo el año pasado, 15.682; la mayor parte han llegado a la pequeña isla de Hierro, lo que ha hecho que se desborden los sistemas de disponibilidad de su acogida.

La inmigración, cada vez más, está invadiendo los países de la Unión Europea, sin control alguno. Había esperanzas en la reunión celebrada el pasado fin de semana, en Granada, de todos los líderes de los países europeos, pero no existió acuerdo alguna en orden a la adopción de medidas para atajar la inmigración, ni en la distribución entre todos los países que conforman la UE de quienes vienen huyendo de la pobreza y miseria.

Y son las mafias quienes organizan a donde han de llegar; en esta ocasión lo está siendo Canarias, pero hasta hace pocos meses, lo era el Campo de Gibraltar, quien tuvo que soportar lo que en la actualidad padece Canarias.

Pero el problema se acentúa todavía más cuando se trata de menores de edad, que acompañan a sus madres o llegan sin familia alguna. Ante ello, y sin líneas de acuerdo, es imposible hacer una labor de integración social, ofrecer la debida educación y actividades de tiempo de ocio, atención sanitaria y demás necesidades de estos menores.

Y es que el tratamiento de los menores es más complejo que con los mayores de edad ya que, ante todo, hay que determinar que, efectivamente, es menor de edad. Y una vez confirmado, el menor queda bajo la tutela de la Administración. Por ello considero que debería protegerse al menor, y contar con la presencia de un responsable de protección de menores, desde el momento de su llegada a suelo español y proporcionarles un albergue adecuado y la designación de agentes de protección. Los Estados miembros de la UE deberían implantar los protocolos necesarios para el cumplimiento de este derecho de los menores en territorio europeo.

En segundo lugar, esos menores, tienen derecho a la asistencia jurídica y sanitaria, así como al apoyo psicosocial. No podemos olvidar que provienen de países con escasos recursos para atenderles, y no son comparables con los de su misma edad en nuestro país o cualquier otro de la UE. A los menores no acompañados, debería ofrecérseles la posibilidad de ser colocados en hogares o familias de acogida, como alternativa al internamiento en Centros estatales.

Considero igualmente que se ha de fomentar la integración en el país a donde arriban de esos menores, al tiempo que localizar a sus familias y poder retornarlos a su lugar de origen, con el consentimiento de éstos, cuando puedan prestarlo.

La lucha contra las causas profundas de la inmigración. Para ello, es preciso es preciso la colaboración de los países de la UE con los países de origen de esos menores, con un seguimiento continuo que asegure el sistema de protección de los niños.

Y es que los menores en esta situación, a lo largo de las rutas migratorias, se ven expuestos a un alto riesgo de violencia, trata o explotación y que corren el peligro de desaparecer o de quedar separados de sus familias, y por tanto son merecedores de una protección especial.

Las disposiciones pertinentes del Derecho de la UE, incluida la Carta de los Derechos Fundamentales de la UE, y las demás disposiciones de Derecho Internacional sobre los derechos de los niños, consagran el derecho de protección. El interés superior del menor ha de ser la consideración primordial en toda acción o decisión que le concierna.

Esperemos que, se retomen las conversaciones fallidas de los países de la Unión Europea, y se adopten medidas que, ya se celebraban iban a acordarse en torno a este problema en Granada. Y al propio tiempo que, los derechos de los menores, en ningún momento sean conculcados, ya que no son responsables en modo alguno de las situaciones que viven sus respectivos países; e incumbe a los Estados de acogida, más desarrollados, tratarles tal como se recogen en los Tratados y normas internacionales del menor. La protección de los menores es responsabilidad de todos y carecen de fronteras.