Puerto de Alicante
La nueva Ley también actualiza la regulación del sector náutico recreativo

El sector marítimo se adapta a la regulación internacional y europea

El sector marítimo se adapta a la regulación internacional y europea
El Consejo de Ministros ha aprobado este martes la Ley de Modificación del Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante y la Ley de Navegación para adaptarla a la regulación internacional y europea, y a las nuevas necesidades del transporte marítimo.

Según ha detallado el Ministerio de Transportes, esta ley tiene como objetivo "mejorar la competitividad del sector marítimo y portuario español y cubrir ciertas lagunas de regulación detectadas", así como coordinar ambas legislaciones para "evitar solapamientos".

Dentro de la Ley, se encuentra una iniciativa pionera, debido a la incorporación de una regulación a los buques autónomos o sin tripulación, que estarán sujetos a las normas generales de navegación.

Además se incluye la reforma del Registro de Buques y Empresas Navieras para mejorar la competitividad y reforzar el papel del coordinador de la gestión.

NÁUTICA DE RECREO

El nuevo texto normativo incluye cambios que afectan a la náutica de recreo, entre ellos la creación de un nuevo Registro Especial de Buques y Embarcaciones de Recreo para aquellos que sean objeto de explotación comercial, con oficinas en las Capitanías Marítimas de Ceuta y Melilla para favorecer el pabellón español del sector.

Además, desaparece el régimen obsoleto de importación y exportación de buques y, en su lugar, se da sustantividad propia a la navegación de recreo para que aquellas embarcaciones que se encuentren en otros estados permanezcan bajo la legislación española.

Además dentro de la ley se prevé simplificar la inscripción en el Registro de Buques y Empresas Navieras para embarcaciones de recreo y para motos náuticas con el objetivo de acabar con la disparidad de formas de inscripción que ahora existen.

A raíz de la pandemia se proporcionarán herramientas necesarias para hacer frente a circunstancias excepcionales e incorpora nuevas garantías para evitar potenciales problemas a las empresas navieras españolas ante estas situaciones.

Entre las reformas también se realizarán modificaciones del Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante con el objetivo de mejorar la tramitación de diferentes expedientes de las Autoridades Portuarias, así como la incorporación como servicio portuario el servicio de suministro de combustible.

En la Ley de Navegación Marítima también se incluye la regulación del despacho de buques, a la que se añade el término “habilitación” para conseguir agilizar este trámite, así como la creación de un nuevo Certificado de Registro, que sustituye a los actuales Certificados de Matrícula y la Patente de Navegación, homologando la documentación de los buques españoles.

Con respecto a la certificación pública de los expedientes en materia de abandono de embarcaciones de recreo, se busca solventar el problema económico y medioambiental que suponen los impagos y el abandono de embarcaciones

El sector marítimo se adapta a la regulación internacional y europea