FIRMA MENORES 2
Belizón y Conesa en la firmna del documento

JUNTA DE ANDALUCÍA Y AYUNTAMIENTO

Renovado el convenio para facilitar que los menores infractores puedan acogerse a medidas judiciales en abierto

Renovado el convenio para facilitar que los menores infractores puedan acogerse a medidas judiciales en abierto

El delegado del Gobierno destaca el éxito de este sistema y el alto nivel de reinserción, ya que el 80% de los jóvenes no vuelve a delinquir

El delegado del Gobierno de la Junta de Andalucía en Cádiz, Juan Luis Belizón, ha firmado hoy con la teniente de alcalde delegada de Igualdad y Bienestar Social de Algeciras, Paula Conesa, la prórroga del convenio para facilitar el cumplimiento por parte de menores infractores de medidas judiciales en abierto en la localidad. Este acuerdo tendrá una vigencia de cuatro años y renueva la colaboración que ya existe entre la Junta de Andalucía y el consistorio para que los jóvenes que cumplan las medidas judiciales que les imponen los jueces de menores puedan hacerlo en actividades propias del ayuntamiento (deportes, bibliotecas, medio ambiente, servicios sociales, Policía Local, etc.).

En concreto, estas medidas judiciales en cuya ejecución colaborará el ayuntamiento, y que tienen como principal objetivo resocializar a estos jóvenes que habían cometido algún delito o falta, son las Prestaciones en Beneficio de la Comunidad (PBC), las Tareas Socioeducativas (TSE) y las Actividades  Reparadoras en favor de la sociedad (RS) derivadas de un proceso de conciliación y mediación, así como el seguimiento, por parte de los agentes de la Policía Local u otro personal funcionario que desempeñe estas funciones de la Permanencia de Fin de Semana (PFS) en el domicilio familiar; y de otra, la cooperación o colaboración para actuar en el entorno familiar de aquellos menores en situación de conflicto con la sociedad que hayan de cumplir las referidas medidas.

El delegado del Gobierno ha puesto hoy de relieve que “con estos acuerdos se contribuye a la labor educativa del joven en su mismo entorno”, y ha añadido que este conjunto de medidas de carácter socioeducativo contempladas en la Ley “tienen por finalidad que el menor comprenda que la comunidad o determinadas personas han sufrido de forma injustificada unas consecuencias negativas derivadas de su conducta”. “Se trata de que el joven asuma que actuó de modo incorrecto, que merece el reproche formal de la sociedad y que las medidas judiciales que se le exigen constituyen un acto de reparación justo”, ha afirmado.

Belizón también ha expresado tras la firma del convenio su satisfacción por “el trabajo que hace la Junta en materia de Justicia Juvenil, porque ha contribuido a que el nivel de reinserción de los menores infractores que finalizaron la ejecución de alguna medida se haya incrementado en los últimos años, con una tasa del 80 por ciento de jóvenes que no vuelve a reincidir”.

El delegado del Gobierno, que ha recordado que en lo que va de año en Algeciras se han aplicado 165 de estas medidas (36 de prestaciones en beneficio de la comunidad, 118 de libertad vigilada, 10 cuatro de tareas socioeducativas y una de permanencia de fin de semana), también ha destacado la colaboración de los agentes de la Policía Local de estas localidades al facilitar y garantizar el cumplimiento de estos convenios.

Por su parte, Conesa ha puesto en valor la importancia de la colaboración institucional en este ámbito, recordando el trabajo que se viene realizando desde el Ayuntamiento con una apuesta firme por acoger a estos menores y que puedan cumplir con las medidas oportunas, al tiempo que contribuyan de manera notable a la sociedad.

El perfil, varón entre los 15 y los 17 años

Las medidas de reeducación de menores infractores en medio abierto son desarrolladas por la Junta en Cádiz a través del medio centenar de conve-nios que tiene firmados para tal fin, el 74% con ayuntamientos y el 26% con en-tidades privadas de la provincia.

Los convenios con ayuntamientos y entidades no comportan ninguna contraprestación económica y tienen como finalidad la colaboración institucio-nal para la educación y reinserción social de los menores infractores, mediante una intervención en su entorno que contribuya a la prevención de conductas de riesgo.

En ningún caso se plantea con esta medida la realización de tareas re-muneradas ni la ocupación de un puesto de trabajo ya que siempre debe com-patibilizarse con tareas formativas del menor.

El perfil tipo de los infractores que se acogen a esta medida responde a un varón, de entre 15 y 17 años, con problemas familiares y fracaso escolar. Los delitos que suelen cometer son robos con fuerza, peleas callejeras y des-trozos de mobiliario urbano, entre otros.

La prestación del servicio en beneficio de la comunidad es una de las medidas judiciales de las denominadas de medio abierto que pueden imponer los jueces de menores a los jóvenes infractores, de acuerdo con el catálogo es-tablecido en la Ley Orgánica 5/2000, de 12 de enero, reguladora de la Res-ponsabilidad Penal de los Menores.

Un máximo de doscientas horas

Esta decisión judicial se traduce en acciones relacionadas con el interés social o el beneficio de personas en situación de vulnerabilidad y acorde con la naturaleza del hecho cometido. El juez puede condenar a los menores hasta un máximo de doscientas horas, aunque la media ronda las cincuenta. Retirar grafitis, ayudar en centros de salud, recoger basura del botellón, acompañar a personas mayores, seguridad vial o limpieza de parques, son algunas de las tareas impuestas.

El desarrollo de la medida judicial queda plasmado en la elaboración de un proyecto individualizado de ejecución de medida en el que se concretarán las actividades a realizar en función de las características del menor, el hecho cometido y la red de apoyo externo que le permita superar los obstáculos pre-sentados. Estos proyectos han de ser aprobados por el juez de menores para su inicio y ejecución.

El objetivo principal de las medidas comunitarias impuestas es que el menor sea consciente de que la comunidad, o determinadas personas, han su-frido de forma injustificada unas consecuencias negativas de su conducta, que ésta es reprobable y la prestación que se les exige es un acto de reparación justo. 

Dado que se posibilita que los jóvenes puedan realizar estas tareas en el propio entorno territorial y social donde comparte valores, gustos, tendencias y vínculos afectivos reparando el daño causado, la medida tiene efectos beneficiosos tanto para ellos como para los municipios en los que se llevan a cabo.

Renovado el convenio para facilitar que los menores infractores puedan acogerse a medidas judiciales en abierto