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SECTOR DE LA ESTIBA

El Consejo de Ministros aprueba el Real Decreto de la estiba

El Consejo de Ministros aprueba el Real Decreto de la estiba

Se trata de una normativa que complementa lo aprobado por el Gobierno de Mariano Rajoy en 2017 para cumplir con el mandato de 2014 del Tribunal Superior de Justicia de la Unión Europea

El Consejo de Ministros ha aprobado este viernes un real decreto ley con el que el Gobierno aspira a culminar la reforma de la estiba, al considerar que “incluye las medidas necesarias para facilitar la transformación del sector hacia la competencia garantizando la estabilidad en el empleo”.

Desde el ministerio de Fomento consideran que este nuevo reglamento, que deberá ser ahora convalidado en la Diputación Permanente del Congreso de los Diputados, “fortalece el marco jurídico” de la estiba, “asegurando una transición ordenada al nuevo marco de competencia”. En este sentido, sostienen que el real decreto ley aprobado hace casi dos años, en mayo de 2017,  “modificó profundamente el régimen de funcionamiento de la estiba”, al establecer la libertad de contratación, en lugar de realizarse por las Sociedades de Estiba (las denominadas Sagep), de las que formaban parte los estibadores.

El nuevo real decreto ley dispone una habilitación legal para que a través del convenio colectivo se pueda acordar la subrogación obligatoria de los trabajadores para las empresas que decidan salirse de las Sagep, “asegurando así un derecho que ya se recoge en otros sectores productivos y garantizando así los derechos laborales básicos de los trabajadores y facilitando la estabilidad en el empleo”, explica Fomento.

Asimismo, se recoge una modificación de la ley de las Empresas de Trabajo Temporal (ETT), para establecer las especificidades de los Centros Portuarios de Empleo y del resto de ETT que desarrollen parte de su actividad en el sector de la estiba. Fomento argumenta que el objetivo es mejorar su eficacia, teniendo en cuenta las singularidades de este sector (y que particularizan obligaciones burocráticas, garantías financieras, etc. Señala, además, que en el caso concreto de los Centros Portuarios de Empleo se pretende “establecer el requisito de que sus propietarios deban tener la licencia de empresa estibadora, de modo que se garantice la vinculación del propietario con la actividad que se realiza y con ello el máximo nivel de profesionalidad”.

El ministerio asegura que el nuevo real decreto ley refuerza, también, la capacidad de los empresarios en la organización y dirección del trabajo, “sin olvidar el protagonismo que se otorga a la negociación colectiva en determinadas cuestiones de la organización de la actividad productiva”.

Además, se modifica el real decreto de mayo de 2017 para permitir el uso del contrato de aprendizaje para la formación de estibadores, “facilitando así el acceso a la profesión y aumentando su calidad”, sostiene Fomento, que detalla que los alumnos que estén cursando el certificado de profesionalidad que da acceso a la profesión podrán beneficiarse de un contrato laboral mientras desarrollan las prácticas.

Fomento recuerda que este nueva reglamento da respuesta a la proposición no de ley aprobada por unanimidad en el Congreso de los Diputados el pasado 20 de febrero, en la que se instaba al Gobierno a culminar el marco normativo de la actividad de la estiba portuaria. En este sentido, recuerda que el Gobierno “ha llevado a cabo una intensa labor de diálogo tanto con el sector, para asegurar el máximo consenso posible, como con la Comisión Europea, con el fin de esclarecer los objetivos de la misma y despejar cualquier duda acerca del mantenimiento del marco de libertad de contratación existente a la fecha”.

Ayudas para la salida de la profesión

El Consejo de Ministros también ha acordado la tramitación urgente del proyecto de real decreto por el que se establecen las normas para la concesión de ayudas especiales para la adaptación del sector de la estiba portuaria.

El objetivo, según explica Fomento, es “establecer las bases reguladoras para la concesión directa de ayudas especiales a los trabajadores del sector de la estiba portuaria afectados por los cambios estructurales producidos en las relaciones laborales del sector como consecuencia de la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 11 de diciembre de 2014, recaída en el Asunto C-576/13”.

Este régimen de ayudas facilitará las salidas voluntarias de los trabajadores de mayor edad, a los que les quede como máximo 60 meses para llegar a la edad ordinaria de jubilación, “en las mejores condiciones y contribuir así a la necesaria reestructuración del sector de la estiba, proporcionando a estos trabajadores una cobertura económica, siempre que cumplan las condiciones y requisitos que se regularán en este real decreto”, señala Fomento, que avanza que también se modificará el contenido del certificado de profesionalidad para el acceso a la profesión.

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