Antiguo hospital de La Línea
Antiguo hospital de La Línea

El SAS tendrá que pagar 180.000 euros a un matrimonio por la muerte de un bebé al no practicar la cesárea

El SAS tendrá que pagar 180.000 euros a un matrimonio por la muerte de un bebé al no practicar la cesárea
El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 1 de Algeciras ha condenado al Servicio Andaluz de Salud (SAS) y a su aseguradora AIG al pago de una indemnización de 181.897 euros a un matrimonio por la muerte de su recién nacida en el Hospital de La Línea de la Concepción en 2016, como consecuencia de no practicar una cesárea urgente.
Así lo explica en un comunicado la asociación El Defensor del Paciente, uno de cuyos abogados, Damián Vázquez, ha representado a la pareja en este caso, cuya sentencia es firme, toda vez que no ha sido recurrida por los condenados.

La madre ingresó en el hospital de La Línea el 4 de noviembre de 2016. Tras dar a luz la madrugada siguiente, a las 00.30 horas del día 5, su hija, que había sufrido por falta de oxígeno durante el parto, fue trasladada al Hospital Universitario Puerta del Mar de Cádiz, donde quedó ingresada hasta su fallecimiento, el día 10 de noviembre tras haber sufrido daños neurológicos irreversibles.

La sentencia señala que "no se hizo prueba de calota fetal, ni se finalizó el parto con cesárea. Las pruebas realizadas a los pocos minutos del nacimiento confirmaron un PH inferior a 6.8 y exceso de bases en sangre, por ello en el hospital Puerta del Mar se le diagnosticó encefalopatía hipóxico-isquémica severa". Existió una "hipoxia intraparto", un caso en el que es obligada una "cesárea urgente para evitar daños a la bebé".

Los registros cardiotocográficos (RCTG), a pesar de "su mala calidad", permiten establecer que es "al menos intranquilizador o sospechoso desde las 22.00 horas" y "patológico desde las 23.00 horas".

Además, los peritos indicaron que hubiera sido recomendable la infusión de algún tocolítico para disminuir la frecuencia y la intensidad de las contracciones uterinas, lo que tampoco se hizo", explican.

La sentencia establece que "el error, con vulneración de la lex artis, cometido por el SAS empezó por el no mantenimiento de la monitorización continua, siendo el criterio de la desconexión absolutamente infundado y no acreditado con referencia a estudio o protocolo alguno".

También critica "la omisión de medios por no disponer de una máquina para tomar el PH en calota fetal al bebé, además de realizar un tratamiento inadecuado durante el parto, ya que se le administró de forma incorrecta Buscapina en lugar de decelerar las contracciones".

El Defensor del Paciente resume el caso como "un deficiente seguimiento de la monitorización, una inadecuada interpretación de los datos del RCTPG, la no administración de tocolíticos y una no práctica de cesárea urgente", lo que en conjunto supone "una mala praxis", que vulnera d"la lex artis" y "causa de un daño antijurídico que se ha de indemnizar", señala la asociación.

Tras la condena al SAS y a la aseguradora AIG al pago de 181.897 euros por los daños y perjuicios causados por la muerte de su hija recién nacida, los demandantes estudian si iniciar acciones legales penales contra un facultativo del SAS que "actuó como testigo perito en el juicio y realizó un informe en el que indicaba que todo estaba realizado conforme a los protocolos médicos, habiéndose demostrado en la vista que faltaba de forma clamorosa a la verdad, todo ello para beneficiar a la administración sanitaria".

El SAS tendrá que pagar 180.000 euros a un matrimonio por la muerte de un bebé al no practicar la cesárea