Opinión

¿Tienes un seguro de vehículo contratado? Puedes elegir la defensa jurídica

¿Tienes un seguro de vehículo contratado? Puedes elegir la defensa jurídica

La praxis en los despachos, viene a demostrar que cuando un perjudicado por un accidente de tráfico toma la decisión de gestionar su siniestro de un modo particular, suele encontrarse con obstáculos

La reclamación vía extrajudicial o negociación con una aseguradora, luego de acaecer un accidente de tráfico con resultado de daños materiales y/o lesiones, es tan necesaria como conveniente; empero, la víctima siempre debe hallarse bien asesorada y probablemente, lo tenga que hacer bajo la asistencia de un letrado. Profesional del derecho habituado a negociar con las compañías, y a quien se le suele encomendar la tarea de ser el interlocutor con los tramitadores y abogados de las compañías aseguradoras, con el ánimo de lograr un acuerdo indemnizatorio satisfactorio, evitando dilaciones y gastos innecesarios. Eso sí, partiendo siempre de la incuestionable premisa de que la última palabra, reside en la persona perjudicada en el siniestro.

La praxis en los despachos, viene a demostrar que cuando un perjudicado por un accidente de tráfico toma la decisión de gestionar su siniestro de un modo particular, suele encontrarse con obstáculos, tanto para reclamar los daños materiales como las lesiones o daños personales. En la mayoría de los casos, los inconvenientes traen causa de un lógico desconocimiento de aquello a lo que el accidentado tiene derecho, así como de la posición de privilegio con la que suelen contar las compañías de seguros. ¿Consecuencia de lo anterior?: ofertas indemnizatorias exiguas o sustancialmente inferiores a lo que debe corresponder, con el añadido de enfrentarse ante un frágil inicio de expediente, en ocasiones, con una difícil reconducción.    

La consecución de una satisfactoria negociación guarda estrecha relación con la capacidad de ostentar evidencias que, a priori, atribuyan la responsabilidad del accidente a la parte contraria, así como también, con la idoneidad de hacer valer la certeza de unas lesiones y/o daños materiales que alberguen inequívoca vinculación con el siniestro. La aseguradora contraria mostrará mayor interés por alcanzar un acuerdo, en los supuestos de acontecer lesiones y /o daños manifiestamente claros, acreditados y alejados de cualquier duda. Partes e informes médicos, atestados policiales, declaraciones de testigos, informes periciales, reconocimientos de responsabilidad contextualizados en partes amistosos, fotografías, etc; contribuyen a conformar argumentos sólidos para ello. Lo contrario, provoca situaciones que incorporan dudas y que terminan por dificultar el logro de un convenio extrajudicial. De no alcanzarse acuerdo, hay que plantear la resolución de la controversia en sede judicial, mediante un procedimiento Civil o Penal.

Hay que significar que la designación del abogado destinado a ejercer la dirección jurídica y defensa de los derechos del accidentado recae en su libre elección, pudiendo ser, tanto el adscrito a su compañía aseguradora, en virtud de la cobertura jurídica contratada en la póliza, como el abogado que libremente designe. En uno u otro caso, resulta de vital importancia realizar una buena elección de la estrategia a seguir y estar asesorado por profesionales expertos desde el inicio del accidente.

Esto, que se conoce como la libre designa de abogado, tiene unos trámites muy sencillos. Básicamente, el abogado comunica al seguro del accidentado que se va a hacer cargo del asunto, y, una vez finalizado el procedimiento, remite una minuta en base a los honorarios establecidos por el Colegio de Abogados, a fin de que al asegurado le reembolsen lo que haya abonado al profesional del derecho.